Estrategia de Participación Ciudadana
Postulación al Sello Zoolidario
Mediante la resolución 280 de 2022 se establece y determinan los lineamientos para el otorgamiento del “Sello Zoolidario”, que es un reconocimiento entregado a las personas jurídicas de naturaleza pública, privada y de economía mixta que adelanten acciones en favor de los animales en la ciudad de Bogotá D.C.
![Entrega de reconocimiento de sello zoolidario categoría oro Entrega de reconocimiento de sello zoolidario categoría oro](/images/images-participa/sello-zoolidario-1.jpg)
Existen unos
Criterios para el Reconocimiento
Para el otorgamiento del Sello Zoolidario, se deben cumplir con alguno de los siguientes criterios:
- Inclusión: Adecuar los establecimientos, instalaciones o espacios como amigables con los animales (Pet-Friendly), dando cumplimiento a las normas sanitarias y de planeación.
- Educación: Realizar acciones pedagógicas y de transformación cultural dirigida a la ciudadanía bogotana, que promuevan y sensibilicen sobre la protección y bienestar animal, la fauna y los ecosistemas.
- Protección: Desarrollar jornadas de adopción de animales, de bienestar a comunidades con animales en condiciones de vulnerabilidad, ser hogar de paso, donar o aportar a las organizaciones protectoras de animales.
Estas son las
Categorías de la Distinción
Existen tres categorías de distinción, cuando es otorgado el Sello Zoolidario:
Oro: Cumplimiento de tres (3) criterios
Plata: Cumplimiento de dos (2) criterios
Bronce: Cumplimiento de un (1) criterio
Periodo del reconocimiento
La duración de este reconocimiento será por el término de un (1) año, contado a partir del otorgamiento del Sello Zoolidario. Este periodo podrá prorrogarse a través de la renovación del Sello Zoolidario.
Este es un espacio de
Exclusiones
En general, serán excluidas las personas jurídicas de naturaleza pública, privada y de economía mixta cuyas acciones sean contrarias al ordenamiento jurídico relativo a la protección y bienestar animal, así como aquellas que estén en contra de la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal (2014-2038), determinadas en el Decreto Distrital 242 de 2015, o la norma que lo modifique, adicione, sustituya o complemente.
En igual sentido, quedarán excluidas de ambas distinciones las siguientes personas jurídicas:
- Aquellas cuya razón social, actividad económica principal o secundaria u objeto sea la protección y bienestar animal, o la comercialización de estos.
- Clínicas veterinarias que comercialicen con animales de compañía o mascotas no convencionales.
- Entidades sin ánimo de lucro (ESAL), con excepción a las instituciones educativas que acrediten tal naturaleza.
- Empresas de seguridad con medio canino.
- Las que tengan alguna sanción administrativa, ambiental o judicial vigente a nivel distrital o nacional.
- De manera preventiva, aquellas que se encuentren vinculados en procesos sancionatorios administrativos, ambientales o judiciales por presuntas prácticas contrarias a la protección y bienestar animal.
Ten en cuenta
Prerrogativas que se otorgan con el Sello Zoolidario
El IDPYBA es el único propietario de los derechos patrimoniales y morales del Sello Zoolidario. En consecuencia, las personas jurídicas que sean reconocidas con el Sello Zoolidario, tendrán el derecho de exhibirlo en sus establecimientos de comercio, página web y/o redes sociales, en los términos establecidos en la resolución 208 de 2022.
- NO es un centro de conciliación.
- NO es un programa que tenga la autoridad de emitir conceptos sobre las leyes vigentes.
- NO es un programa para la realizar, verificar, corregir y aprobar reglamentos internos como manuales de convivencia o reglas al interior de las copropiedades.
- NO es un espacio de inspección, vigilancia y control de actividades entre los residentes y sus animales de compañía.
Ten en cuenta
Para postularte a la distinción del “Sello Zoolidario”
Las personas jurídicas de naturaleza pública, privada y de economía mixta que consideren que cumplen con uno o más criterios para obtener el Sello Zoolidario, deberán diligenciar el siguiente formulario.
Posterior a su solicitud, se programará una reunión para verificar los criterios y acciones adelantadas en favor de los animales, con el fin de presentar un concepto técnico al comité que decide si se otorga o no dicha distinción. Este proceso será debidamente notificado al postulante.