Estrategia de Participación Ciudadana

Copropiedad y Convivencia - Vecino Zoolidario


La tenencia de animales de compañía en edificios, conjuntos residenciales, parques industriales y centros comerciales es un tema que genera mucha controversia. Con el fin de evitar inconvenientes y generar una buena convivencia entre residentes, algunos administradores prohíben la tenencia de animales o se extralimitan en sus funciones. Sin embargo, ese impedimento viola el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad personal y familiar, consagrado en la Sentencia T-155 del 2012 de la Corte Constitucional, señalando que la tenencia de un animal doméstico en el lugar de residencia es una decisión personal y familiar que obedece a diferentes necesidades y proyectos de vida, por lo tanto, en principio debe ser respetada y protegida por el Estado.

Para hacer claridad en este tema, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal ha adelantado una serie de espacios de diálogo virtuales que explican, por ejemplo, las facultades que tiene la Asamblea General de Copropietarios que, si bien no puede prohibir la tenencia, sí puede determinar las normas de convivencia internas en la propiedad horizontal. Estas charlas incluyen pautas para la relación armónica y pacífica entre los residentes y sus animales de compañía.

Existen unos

Parámetros Básicos de Convivencia

Parámetros regulados por el Código Nacional de Policía y Convivencia y la Ley 746 de 2002:

  • Recoger las excretas de tu perro y desecharlas en los recipientes adecuados.
  • Llevar a tu perro siempre con correa o traílla en las áreas comunes.
  • No inducir a tu animal de compañía para atacar a personas, animales o bienes.
  • No permitir que tu animal doméstico escarbe o esparza basura en las zonas y espacios comunes.
  • Los tenedores de perros de raza fuertes están obligados a llevarlos SIEMPRE con correa y bozal, según la Ley 746 de 2002.

Si resides en

Edificios o Conjuntos

Ten en cuenta lo que puedes hacer si resides en edificios o conjuntos y tienes animales de compañía:

  • Hacer uso de los bienes comunes (zonas verdes y parques).
  • Solicitar a la Asamblea General la adecuación de áreas comunes para tu animal de compañía, teniendo en cuenta la disponibilidad de los espacios.
  • Utilizar el ascensor, siempre y cuando no lo esté usando otro vecino, de lo contrario, solicítale permiso para ingresar con tu animal de compañía.
  • Cuidar del aseo y la salud de tu animal de compañía.

Ten encuenta

Lo que NO puedes hacer

Ten en cuenta lo que puedes hacer si resides en edificios o conjuntos y tienes animales de compañía:

  • Usar las áreas comunes como el baño para tu animal de compañía.
  • Transitar a tu perro sin correa por las áreas comunes.
  • Llevar a tu perro de raza fuerte sin traílla y sin bozal.
  • No recoger las excretas o desecharlas en espacios no adecuados.
  • Permitir a tu animal de compañía que escarbe las bolsas de basura y las extienda por las áreas comunes.

Ten encuenta

¿Qué NO es?

El programa de Copropiedad y Convivencia:

  • NO es un centro de conciliación.
  • NO es un programa que tenga la autoridad de emitir conceptos sobre las leyes vigentes.
  • NO es un programa para la realizar, verificar, corregir y aprobar reglamentos internos como manuales de convivencia o reglas al interior de las copropiedades.
  • NO es un espacio de inspección, vigilancia y control de actividades entre los residentes y sus animales de compañía.